Ayuda para proyectos y obras realizadas en madera
Hasta 70.000 euros en las lineas 1.1. y 2.1 y 50.000 en las lineas 1.2 y 2.2
Objetivo
Convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva para proyectos y obras realizados en madera.
Líneas de ayuda
- – Línea 1.1 (código de procedimiento MR502B): ayudas a la redacción de proyectos de construcción nueva, rehabilitación o reforma de naves y establecimientos de negocio que empleen productos de madera como elementos estructurales.
- – Línea 1.2 (código de procedimiento MR502D): ayudas a la redacción de proyectos de construcción nueva, rehabilitación o reforma de viviendas unifamiliares que empleen productos de madera como elementos estructurales.
- – Línea 2.1 (código de procedimiento MR502F): ayudas a la utilización de productos de madera en obra nueva, rehabilitación o reforma de naves y establecimientos de negocio que empleen productos de madera como elementos estructurales.
- – Línea 2.2 (código de procedimiento MR502G): ayudas a la utilización de productos de madera en obra nueva, rehabilitación o reforma de viviendas unifamiliares que empleen productos de madera como elementos estructurales.
Beneficiarios
Lineas 1.1. y 2.1 pequeñas y medianas empresas que desarrollen su actividad en Galicia.
Lineas 1.2 y 2.2 personas físicas que residan en Galicia.
Requisitos
-Proyectos realizados entre el 1/1/22 y el 15/12/22 (1ª anualidad), siempre que no están finalizados en la fecha de presentación de la solicitud y 1/1/23 y el 30/6/23 (2ª anualidad).
– La estructura de la edificación será realizada total o parcialmente empleando productos de madera o derivados de la madera.
– El sumatorio de los costes correspondientes a los productos de madera o derivados de la madera y su colocación con finalidad estructural, de los sistemas de compartimentación, envolvente y acabados excluyendo los de las carpinterías interiores, pavimentos interiores y acabados interiores supondrá, al menos, el 20 % de los costes de ejecución del proyecto
Específicos de cada línea:
a) Línea 1.1
– La edificación proyectada deberá estar destinada a un uso industrial, comercial, recreativo, hotelero, oficinas, sanitario-asistencial, educativo, cultural o deportivo.
– El proyecto deberá contemplar una nueva edificación o la intervención en una preexistente mediante su rehabilitación o reforma.
El proyecto deberá estar firmado por un técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional, en función de la naturaleza del mismo
b) Línea 1.2:
– La edificación proyectada deberá estar destinada a uso residencial unifamiliar.
– El proyecto deberá contemplar una nueva edificación o la intervención en una preexistente mediante su rehabilitación o reforma.
– El proyecto deberá estar firmado por un técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional, en función de la naturaleza del mismo.
c) Línea 2.1:
– La obra tendrá por objeto la edificación de obra nueva, rehabilitación o reforma de naves y establecimientos de negocio para uso industrial, comercial, recreativo, hotelero, oficinas, sanitario-asistencial, educativo, cultural o deportivo.
d) Línea 2.2:
– La obra tendrá por objeto la edificación de obra nueva, rehabilitación o reformade viviendas
Gastos subvencionables
Líneas 1.1 y 1.2:
– Costes de los honorarios técnicos de redacción de los proyectos técnicos y proyectos de edificación correspondientes a las actuaciones subvencionables. Los proyectos de obras de edificación se podrán redactar en una única fase o dividirse en proyecto básico y proyecto de ejecución.
– Líneas 2.1 y 2.2:
– Costes correspondientes a los productos de madera o derivados de la madera y su colocación con finalidad estructural, de los sistemas de compartimentación, envolvente y acabados, excluyendo los de las carpinterías interiores, pavimentos interiores y acabados interiores.
Documentación necesaria para la solicitud
– Certificado digital, escrituras de constitución, copia de estatutos y escritura de representación.
– Contratos, presupuestos o facturas proforma de las inversiones previstas de tres proveedores distintos, cuando el importe (IVA excluido) de las inversiones para las que se solicita la ayuda iguale o supere la cuantía de 15.000 euros para las líneas 1.1 y 2.1, y de 40.000,00 euros para las líneas 1.2 y 2.2, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien.
a) Línea 1.1:
– Copia de las cuentas anuales del último ejercicio económico cerrado.
– Informe oficial de la Seguridad Social de vida laboral de los 12 meses anteriores a octubre de 2022.
c) Línea 2.1:
– Copia de las cuentas anuales del último ejercicio económico cerrado.
– Informe oficial de la Seguridad Social de vida laboral de los 12 meses anteriores a Octubre de 2022
d) Línea 2.2:
– Anexo V de pluralidad de solicitantes, en el caso de solicitudes de personas físicas agrupadas.
Documentación justificación para el pago de la ayuda
Común.
-Copia de las facturas y documentación acreditativa del pago.
-Relación ordenada de las inversiones y los pagos efectuados (anexo XIII).
-Proyecto técnico o proyecto de edificación, en función de la naturaleza de la obra.
Los proyectos deberán estar firmados por un técnico competente y visados por el correspondiente colegio profesional.
-Certificación de la persona proyectista respecto del cumplimiento del proyecto de los requisitos específicos establecidos haciendo constar expresamente que
contempla la realización total o parcial de los elementos estructurales empleando productos de madera o derivados de la madera.
-Certificación de la persona proyectista respecto a que, en el presupuesto del proyecto, el sumatorio de los costes correspondientes a los productos de madera o
derivados de la madera y su colocación con finalidad estructural, de los sistemas de compartimentación, envolvente y acabados, excluyendo los de las carpinterías interiores, pavimentos interiores y acabados interiores suponen, al menos, el 20 %.
Se incluirá una relación de las correspondientes unidades de obra (con detalle de medición y precio unitario) agrupadas por capítulos.
– Copia de la solicitud de licencia de obra o de la comunicación previa de obra, según proceda conforme a la normativa vigente
Documentación específica para las líneas 1.1 y 1.2:
-Si procede, certificado del proyectista respecto a que el proyecto contempla productos de madera o derivados de la madera procedentes de montes gallegos
gestionados de forma sostenible (PEFC o FSC).
-Si procede, certificado del proyectista respecto a que el proyecto contempla productos de madera o derivados de la madera que dispongan de la marca de
garantía Pino de Galicia.
Documentación específica para las líneas 2.1 y 2.2:
– Liquidación parcial emitida por la dirección de ejecución de las unidades de obra ejecutadas para las que solicitó ayuda.
– Para la justificación del empleo de productos de madera o derivados procedentes de montes gallegos gestionados de forma sostenible (PEFC o FSC), deberán aportar
códigos QR de rastreabilidad de la plataforma FORTRA.
-Para la justificación del empleo de productos de madera o derivados de la madera que dispongan de la marca de garantía Pino de Galicia, deberá aportarse certificado demostrativo.
– Informe fotográfico de las obras realizadas, que incluirá imágenes desde distintos ángulos, tanto generales como de detalle.
Documentación justificación para el pago de la ayuda
Documentación a presentar ante la Agencia Gallega de Industria Forestal en el plazo de un mes desde finalización de obra:
COMUN
– Reportaje fotográfico de las obras, de la edificación finalizada y de los materiales de madera empleados, que incluirá imágenes desde distintos ángulos, tanto generales como de detalle.
– Copia de la certificación de fin de obra firmada por la dirección facultativa y visada por el colegio profesional correspondiente.
– Copia de la certificación de la liquidación final emitida por la dirección de ejecución de obra
-Copia de la certificación de la liquidación parcial de las unidades de obra correspondientes a los productos de madera o derivados de la madera y su colocación con finalidad estructural, de los sistemas de compartimentación, envolvente y acabados excluyendo los de las carpinterías interiores, pavimentos interiores y acabados interiores, emitida por la dirección de ejecución de obra.
Líneas 1.1 y 1.2:
– Copia de la licencia de obra, si procede conforme a la normativa vigente.
– Si procede y para la justificación del empleo de productos de madera o derivados
procedentes de montes gallegos gestionados de forma sostenible (PEFC o FSC), deberán aportar códigos QR de rastreabilidad de la plataforma FORTRA.
– Si procede y para la justificación del empleo de productos de madera o derivados de la madera que dispongan de la marca de garantía Pino de Galicia, deberá aportarse certificado demostrativo.
Documentación justificación para el pago de la ayuda
a) Líneas 1.1 y 1.2.
El importe máximo de la subvención no superará en ningún caso los 35.000,00 euros para la línea 1.1 y los 20.000,00 euros para la línea 1.2.
El importe máximo de la subvención será del 70 % del gasto subvencionable, que podrá aumentar:
-En un 10 %, si el solicitante asume el compromiso de que el proyecto contemple la utilización de algún producto de madera o derivado de la madera procedente de montes gallegos gestionados de forma sostenible.
– En un 10 %, si el solicitante asume el compromiso de que el proyecto contemple la utilización de algún producto de madera o derivado de la madera que disponga de la marca de garantía Pino de Galicia y de que, igualmente, en la ejecución de la obra se emplearán materiales que reúnan estas características.
Estos porcentajes podrán ser acumulativos hasta un 90 % del gasto subvencionable.
b) Línea 2.1 y 2.2.
El importe máximo de la subvención no superará en ningún caso las siguientes cuantías:
-20.000,00 euros cuando los costes correspondientes a los productos de madera o derivados de la madera con finalidad estructural supongan, al menos, el 20 % del presupuesto de ejecución material de la edificación.
-30.000,00 euros cuando los costes correspondientes a los productos de madera o derivados de la madera con finalidad estructural supongan, al menos, el 30 % del presupuesto de ejecución material de la edificación.
– 40.000,00 euros cuando los costes correspondientes a los productos de madera o derivados de la madera con finalidad estructural supongan, al menos, el 40 % del presupuesto de ejecución material de la edificación.
El importe máximo de la subvención será del 70 %; no obstante, este porcentaje podrá verse incrementado:
-En un 10 %, si se emplea algún producto de madera o derivado de la madera que proceda de montes gallegos gestionados de forma sostenible (PEFC o FSC); para demostrar dicho origen y cualidad deberá aplicar su rastreabilidad mediante el uso de la plataforma pública y gratuita de la Xunta de Galicia (denominada FORTRA).
-En un 10 %, si se emplea algún producto de madera o derivado de la madera que disponga de la marca de garantía Pino de Galicia.
Estos porcentajes podrán ser acumulativos hasta un 90 % del gasto subvencionable.
En cualquier caso, el importe máximo de subvención total acumulada por beneficiario será de 70.000,00 euros para aquellas personas beneficiarias de las
líneas 1.1 y 2.1 y de 50.000,00 euros para aquellas personas beneficiarias de las líneas 1.2 y 2.2
Plazo de la solicitud
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